(Ministerio de Industria y Energía). Al
Ministerio de Industria y Energía corresponde lo
concerniente a:
1) La política nacional de la industria, de las fuentes de
energía y del turismo.
2) Las cuestiones atinentes a la industria, a la energía, a
los combustibles y al turismo, y lo que se relacione con
ello en materias atribuídas a otros Ministerios.
3) Fomento de las industrias y del turismo, y desarrollo de
las fuentes de energía.
4) Régimen y contralor de las industrias.
5) Estudios, operaciones y relevamientos geológicos y
asesoramiento sobre estos.
6) Régimen y registro de yacimientos, minas y canteras.
7) Contralor de las organizaciones industriales
trustificadas.
8) Investigaciones y experimentaciones industriales.
9) Estímulo del empleo y aplicación de nuevas técnicas
industriales.
10) Patentes de invención y privilegios industriales.
11) Marcas de fábrica y de comercio.
12) Información y asesoramiento industrial.
13) Régimen, coordinación y contralor del turismo.
14) Fomento del turismo hacia el Uruguay y dentro de él.
15) Agencias de viajes y organizaciones promotoras del
turismo.
16) Alojamiento y atención del turista.
17) Desarrollo de la industria hotelera y afines.
18) Régimen y registro de hoteles, pensiones y afines.
19) Zonas turísticas.
20)
21) Congresos, conferencias, exposiciones, ferias y
concursos referentes a su especialidad y promoción y
estímulo de su realización.
22) Relaciones con los organismos internacionales de su
especialidad.
23) Servicio de Inspección de Calderas.
(*)Notas:
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Decreto Nº 82/983 de 11/03/1983 artículo 3,
Decreto Nº 369/980 de 25/06/1980 artículo 2.