Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.912 de 03/08/1979.
Artículo 4
En el ámbito municipal serán aplicables a la contribución especial a
que se refiere el presente decreto, las disposiciones pertinentes del
Código Tributario, incluido en el capítulo quinto relativo a infracciones
y sanciones.