CARNE DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA




Promulgación: 27/12/2007
Publicación: 14/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1684
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.852 de 13/12/1978.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Los Médicos actuantes en posteriores controles estarán obligados a la
anotación de los datos previstos en el Carné, además del registro en la
Historia Clínica y Ficha Médica correspondiente.
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