SOCIEDADES COMERCIALES - LIBROS DE COMERCIO




Promulgación: 04/10/1991
Publicación: 14/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 425
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.060 de 04/09/1989 artículo 91.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Aquellas sociedades para las cuales haya vencido el plazo establecido
por el artículo 4º, dispondrán de ciento veinte días contados a partir de
la publicación del presente decreto, para regularizar la situación de sus
registros contables.
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