REGLAMENTACION DE LA LEY 16.201 RELATIVO A LA PROMOCION DE LAS MICRO PEQUEÑAS Y MADIANAS EMPRESAS




Promulgación: 07/02/1992
Publicación: 06/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 104
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.201 de 13/08/1991.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Presidente representará, de pleno derecho a la Comisión Honoraria
Asesora en los actos nacionales e internacionales, que se correspondan con
la índole de sus tareas.

 Estará en contacto permanente con el Director Nacional, quien deberá
suministrar todos los antecedentes que se soliciten a los efectos de un
mejor asesoramiento.

 Asimismo podrá solicitar al Director Nacional el nombramiento de
comisiones asesoras delegadas y asistirá, si lo considera necesario a sus
deliberaciones.

 Podrá dirigirse a todos los organismos públicos, paraestatales o
privados, solicitando la información necesaria, para el mejor cumplimiento
de sus objetivos. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 313/992 de 06/07/1992 artículo 3.
Referencias al artículo
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