Reglamentario/a de: Ley Nº 17.934 de 26/12/2005.
Inmobiliarias.- En el caso de las inmobiliarias que además de su comisión cobran por cuenta de terceros el monto del arrendamiento, conforme a lo establecido en el artículo anterior, deberán documentarlo en comprobantes de venta y en vouchers separados. En este caso la reducción de la alícuota se calculará considerando exclusivamente el importe correspondiente a la comisión. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
Se ha producido un error interno del sistema
Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.
El mismo será resuelto a la brevedad.
Muchas Gracias.
impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.