Una vez aprobada la contratación por el Jerarca del Inciso, el organismo
convocará al interesado por cualquier medio idóneo que proporcione certeza
en cuanto a la efectiva realización de la diligencia, para que comparezca
en un plazo de veinticuatro horas a suscribir el "contrato laboral", en el
que se establecerá claramente los derechos y obligaciones de las partes,
las tareas, forma, plazo o condición y lugar en que se desarrollarán, la
retribución y toda otra estipulación pertinente.
La no presentación en el plazo indicado dejará sin efecto la contratación
propuesta y eximirá de toda responsabilidad a la Administración.
El Jerarca del Inciso podrá cometer al Director de la Unidad Ejecutora
respectiva la suscripción del contrato correspondiente, el que se
considerará perfeccionado una vez suscrito, comunicando a la Contaduría
General de la Nación.