RECURSOS NATURALES. SISTEMA NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS




Promulgación: 16/02/2005
Publicación: 25/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 374
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.234 de 22/02/2000.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   (Planes de manejo). Los planes de manejo correspondientes a cada área natural protegida y sus zonas adyacentes, constituyen normas de planificación, que deberán especificar claramente condiciones de uso, su zonificación, y las acciones necesarias para cumplir con los objetivos de conservación establecidos para las diferentes categorías de manejo, de acuerdo con lo que se dispone en el presente decreto. A tales efectos el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente establecerá las directrices correspondientes, las que deberán prever un modelo de estructura uniforme para los planes de manejo, los mecanismos para asegurar la participación de equipos multidisciplinarios y de los actores locales en la elaboración de los mismos, así como para evaluar la eficacia de la gestión en el cumplimiento de los objetivos del área.- (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 294/019 de 30/09/2019 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 52/005 de 16/02/2005 artículo 14.
Referencias al artículo
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