REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 17.703. FIDEICOMISOS




Promulgación: 11/12/2003
Publicación: 18/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1505
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.703 de 27/10/2003 artículos 6, 12 y 17.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REGISTRO DE FIDEICOMISOS Y FIDUCIARIOS
SECCION I - FIDEICOMISOS

Artículo 2

   Para ser admitida la inscripción, el instrumento deberá indicar los 
nombres y apellidos completos de los fiduciarios y fideicomitentes -estos 
últimos excepto en los fideicomisos financieros-, con indicación de 
domicilio, nacionalidad, número de cédula de identidad o en su defecto, 
otro documento público identificatorio. Cuando los fiduciarios o 
fideicomitentes sean personas jurídicas, se indicará nombre, tipo social 
y domicilio, y cuando correspondiere, números de inscripción en el 
Registro Nacional de Comercio y Registro énico de Contribuyentes.-
El instrumento del fideicomiso también referirá al plazo y condición del 
fideicomiso, según corresponda.
   También se indicará el destino de los bienes a la finalización del 
fideicomiso, cuando corresponda, los derechos y obligaciones del 
fiduciario, y si se pactare, el orden y condiciones de la sustitución, 
individualización de los sustitutos y la facultad de sustitución 
reservada al fideicomitente.-
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