REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.027 RELATIVO A LA CREACION DE UNA SECCION DENOMINADA EXPROPIACIONES EN LOS REGISTROS DE TRASLACIONES DE DOMINIO




Promulgación: 23/09/1980
Publicación: 03/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 678
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.027 de 17/06/1980.
  Visto: estas actuaciones elevadas por la Dirección General de Registros
relativas al proyecto de decreto reglamentario de la ley 15.027 de fecha
17 de junio de 1980.

  Resultando: que, por la referida ley se crea la Sección "Expropiaciones"
en los Registros de Traslaciones de Dominio, en la que se inscribirán los
actos relativos a la expropiación de los bienes inmuebles.

  Considerando: I) Que, es pertinente disponer el acto administrativo
correspondiente a efectos de que la mencionado norma legal pueda ser
aplicada;

II) Que, el proyecto que se aprueba contiene formas registrales que
posibilitan la información que por la citada ley se persigue.

  Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
General de Registros, por la Dirección de Justicia y por la Asesoría
Letrada de esta Secretaría de Estado y a lo dispuesto por el artículo 168,
numeral 4º de la Constitución de la República,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Inscripción. Los Registros General, Departamental y Local de
Traslaciones de Dominio abrirán una Sección especial que se denominará
"Expropiaciones", en la que se inscribirán los actos que enumeran los
artículos 1º, 6º y 7º de la ley 15.027, de 17 de junio de 1980.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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