CREACIONES DE CARGOS. Créase un cargo de Adjunto de Gerencia con una remuneración básica equivalente al grado 46º de la Escala Patrón Unica, al amparo de lo establecido en la Ley Nº 15.783, del 28 de noviembre de 1985. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 85.Ayuda