Su producto deberá depositarse en el Banco de la República Oriental
del Uruguay en la Cuenta Tesoro Nacional a la orden del Ministerio de
Economía y Finanzas y respectivas cuentas de las Unidades Ejecutoras, de
acuerdo al régimen de atribución de titularidad y disponibilidad vigente,
dentro de las 48 horas de percibirse, comprendiendo por Igual a los
Ingresos de naturaleza presupuestaria y extrapresupuestaria. (*)