Ver: Decreto Nº 60/020 de 14/02/2020 artículo 1 (cambia denominación del
área natural protegida que pasa a denominarse: "Quebrada de los Cuervos y
Sierras del Yerbal").
Artículo 4
Facúltase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, a convenir con la Intendencia de Treinta y Tres, la forma y
condiciones en que será administrada el área protegida, así como a
efectuar las coordinaciones necesarias con el Ministerio de Defensa
Nacional, respecto del padrón de dominio del Estado actualmente bajo su
administración.