El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 70.
Artículo 2
El conjunto de datos que compone la información a ser aportada por las respectivas entidades estatales, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 70° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en la redacción dada por el artículo 37° de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, será definido por la Dirección Nacional de Catastro, la cual establecerá los mecanismos de comunicación necesarios para la remisión de la misma.