REGULACION DE INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO CENTROS NOCTURNOS. MODIFICACIONES




Promulgación: 20/11/2007
Publicación: 28/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1240
Ver vigencia: Decreto Nº 468/007 de 03/12/2007 artículo 1.

Artículo 7

 Facúltase a las Jefaturas de Policía Departamentales a determinar las
medidas idóneas y los requisitos de seguridad específicos que deberán ser
implementados por los establecimientos indicados en el artículo 1º.
Facúltase, asimismo, a dichas Jefaturas de Policía a fijar limites en los
horarios de funcionamiento de los establecimientos en los que se lleven a
cabo reuniones bailables o espectáculos musicales que comprendan días
hábiles.
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