REGULACION DE INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO CENTROS NOCTURNOS. MODIFICACIONES




Promulgación: 20/11/2007
Publicación: 28/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1240
Ver vigencia: Decreto Nº 468/007 de 03/12/2007 artículo 1.

Artículo 3

 En forma previa a la autorización, las Jefaturas de Policía requerirán
que las Comisarías Seccionales respectivas realicen un informe fundado
sobre la conveniencia o no de la instalación del centro nocturno, para lo
cual considerarán la opinión de los vecinos y los extremos mencionados en
el artículo siguiente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
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