FUNCIONARIOS. SALARIO




Promulgación: 29/06/1988
Publicación: 15/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 826
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 107.

Artículo 3

  Los funcionarios afectados a funciones de computación que hayan hecho
uso de la opción de incorporación al régimen previsto y luego desistieran
de la misma no podrán nuevamente solicitar su incorporación al régimen de
retribuciones que se reglamenta.
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