FUNCIONARIOS. SALARIO




Promulgación: 29/06/1988
Publicación: 15/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 826
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 107.

Artículo 2

  La Dirección General Impositiva, en un plazo de 60 (sesenta) días,
determinará en base a los requisitos que se establecen en anexo que se
agrega y forma parte de este decreto, a qué categoría de retribuciones
corresponde asimilar a los funcionarios que cumplen funciones determinadas
en el artículo 107 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987. 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (anexo).
Ayuda