REGLAMENTO DEL SERVICIO DE EMPRESAS DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOVILES SIN CHOFER




Promulgación: 10/02/1999
Publicación: 18/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 277
Derogada/o por: Decreto Nº 180/002 Derogada/o de 14/05/2002 (Reglamento del Servicio 
de Empresas de Arrendamiento de Automoviles sin Chofer, artículo 15).
VISTO: El Decreto 222/995 de 21 de Junio de 1995, por el cuál se
reglamenta la Prestación de Servicios Turísticos denominados "Empresas de
Arrendamiento de Automóviles sin Chofer".

RESULTANDO: Que las normas que regulan dicha actividad deben ser
actualizadas a fin de adecuar el funcionamiento del sector, con un
sistema de control eficiente que prevenga o, en su caso sancione las
infracciones que afecten el normal desarrollo de la actividad o que
perjudiquen directa o indirectamente, los intereses generales.

CONSIDERANDO: Que es facultad del Poder Ejecutivo determinar y regular
las actividades que desarrollen los Prestadores de Servicios Turísticos.

ATENTO: A lo expresado y lo dispuesto por los artículos 3, 11 y 12 del
Decreto-Ley 14.335 de 23 de Diciembre de 1974 y artículo 84 de la Ley
15.851 de 24 de Diciembre de 1986.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 44/999 de 10/02/1999 artículo 1.

SANGUINETTI - BENITO STERN - GUILLERMO STIRLING - LUIS MOSCA
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