COMISION ASESORA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. CREACION. COMETIDOS




Promulgación: 26/08/2009
Publicación: 02/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 527
Referencias a toda la norma

CAPITULO II

Artículo 18

 (Comité Nacional de Ordenamiento Territorial) (Funcionamiento) El Comité
Nacional de Desarrollo Territorial será presidido por el Ministro de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y se reunirá en sesión
ordinaria, al menos una vez al año y, en sesión extraordinaria por
convocatoria de su Presidente, a requerimiento de éste o de alguno de sus
miembros.
El Comité sesionará válidamente con un quórum de un tercio de sus miembros
y resolverá, si ello fuera necesario, por mayoría simple de miembros
presentes.
El Presidente del Comité tendrá doble voto en caso de empate.
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