(Comité Nacional de Ordenamiento Territorial) (Funcionamiento) El Comité
Nacional de Desarrollo Territorial será presidido por el Ministro de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y se reunirá en sesión
ordinaria, al menos una vez al año y, en sesión extraordinaria por
convocatoria de su Presidente, a requerimiento de éste o de alguno de sus
miembros.
El Comité sesionará válidamente con un quórum de un tercio de sus miembros
y resolverá, si ello fuera necesario, por mayoría simple de miembros
presentes.
El Presidente del Comité tendrá doble voto en caso de empate.