Visto: la realización de distintas obras públicas a las cuales se
encuentra abocado el Gobierno de la República.
Resultando: I) Que es conveniente que las mismas se desarrollen con
total normalidad y puedan cumplirse dentro de los cronogramas previstos;
II) Que para el logro de dichos objetivos se entiende adecuado arbitrar un
mecanismo que posibilite que las empresas contratantes dispongan en forma
inmediata de los repuestos que puedan ser necesarios a los equipos
afectados a dichas obras.
Considerando: que sin perjuicio de llevar a cabo los contralores que
se estimen necesarios nada impide establecer un mecanismo que posibilite
a las empresas disponer en forma inmediata de partes y piezas, repuestos y
accesorios para las máquinas, herramientas y equipos afectados a las obras
de referencia.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
La Dirección Nacional de Aduanas permitirá el despacho por expediente
aduanero de las partes y piezas, repuestos y accesorios para las máquinas,
herramientas y equipos que soliciten las empresas contratantes de obras
públicas. (*)