COMERCIO EXTERIOR. OBRAS PUBLICAS. IMPORTACIONES




Promulgación: 01/06/1988
Publicación: 11/07/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 514
  Visto: la realización de distintas obras públicas a las cuales se
encuentra abocado el Gobierno de la República.

  Resultando: I) Que es conveniente que las mismas se desarrollen con
total normalidad y puedan cumplirse dentro de los cronogramas previstos;

II) Que para el logro de dichos objetivos se entiende adecuado arbitrar un
mecanismo que posibilite que las empresas contratantes dispongan en forma
inmediata de los repuestos que puedan ser necesarios a los equipos
afectados a dichas obras.

  Considerando: que sin perjuicio de llevar a cabo los contralores que
se estimen necesarios nada impide establecer un mecanismo que posibilite
a las empresas disponer en forma inmediata de partes y piezas, repuestos y
accesorios para las máquinas, herramientas y equipos afectados a las obras
de referencia.

  Atento: a lo expuesto,

                    El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   La Dirección Nacional de Aduanas permitirá el despacho por expediente
aduanero de las partes y piezas, repuestos y accesorios para las máquinas,
herramientas y equipos que soliciten las empresas contratantes de obras
públicas.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 4.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE SANGUINETTI
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