MODIFICACION DE LOS ARTS. 34 DEL DECRETO 148/007 Y 23 DEL DECRETO 149/007, RELATIVO A LAS EXONERACIONES PROMOCIONALES DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF) Y DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (IRNR), PARA LAS RENTAS DE TENENCIA O TRANSFERENCIA DE VALORES QUE PAGUEN O ACREDITEN LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSION




Promulgación: 06/12/2023
Publicación: 14/12/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los artículos 569 y 570 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023 de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2022;

   RESULTANDO: que los referidos artículos establecen exoneraciones promocionales del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), para las rentas de tenencia o transferencia de valores que paguen o acrediten las sociedades administradoras de fondos de inversión, siempre que se cumplan determinadas condiciones;

   CONSIDERANDO: conveniente incorporar dichas disposiciones a los decretos reglamentarios a efectos de mantener la integralidad de la normativa aplicable;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 34 
literal Q).

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 149/007 de 26/04/2007 artículo 23 
literal V).

Artículo 3

   Lo dispuesto en el presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2024.

Artículo 4

   Comuníquese y archívese.

   BEATRIZ ARGIMÓN - ALEJANDRO IRASTORZA
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