REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE CONSIDEREN TRABAJO PORTUARIO, DE INDOLE PUBLICA O PRIVADA QUE SEAN REALIZADAS POR ORGANISMOS DEL ESTADO Y PRESTADORES DE SERVICIOS PORTUARIOS
El operario que haga señales deberá estar ubicado de manera que pueda ver toda la zona de carga de operación y ser visto por el operador de equipo de izar. Cuando estas condiciones no se cumplen debe utilizar un equipo de comunicación que permita realizar la tarea de forma segura.