REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE CONSIDEREN TRABAJO PORTUARIO, DE INDOLE PUBLICA O PRIVADA QUE SEAN REALIZADAS POR ORGANISMOS DEL ESTADO Y PRESTADORES DE SERVICIOS PORTUARIOS
En el caso de los contenedores no estándar o defectuosos se establecerá un procedimiento de trabajo escrito, acompañado de las medidas preventivas que indique el Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que incluirá los accesorios específicos a utilizar.