APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CORPORACION DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO. EJERCICIO 2014




Promulgación: 06/12/2013
Publicación: 13/12/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2175
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 El personal de la COPAB, incluidos los integrantes del Directorio,
recibirá tickets de alimentación por un monto de $ 217,00 (doscientos
diecisiete pesos uruguayos) por cada día trabajado, siempre que lo hayan
hecho por más de seis horas y media. No se considerarán los días hábiles
en que se haga uso de licencia o se perciban viáticos de alimentación, por
cualquier concepto. El monto referido es el vigente al 1 de julio de 2013
y se ajustará semestralmente en base a la evolución del IPC en el semestre
inmediato anterior.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12 (vigencia).
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