COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 10/11/1982
Publicación: 19/11/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 695
  Visto: el decreto 165/981, de 8 de abril de 1981, que fijó el nivel
arancelario para la importación de televisores y de kits para su armado.

  Resultando: que de acuerdo a lo dispuesto en su artículo 3º el
mencionado decreto tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 1982.

  Considerando: conveniente otorgar carácter permanente al régimen
consagrado en la mencionada disposición, en razón de que el mismo ha
permitido la normal comercialización de los televisores.

  Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Costos, Precios e
Ingresos,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Confiérese carácter permanente al régimen previsto en el decreto
165/981, de 8 de abril de 1981.

Artículo 2

   Las mercaderías de los ítems NADI 85.15.01.19 y 85.15.01.99 quedan
excluidas del régimen general de disminución de protección arancelaria
establecido por decreto 736/978, de 26 de diciembre de 1978, hasta tanto
el nivel de protección a que se hubiere llegado por aplicación del régimen
general, alcance el nivel fijado por el decreto 165/981, de 8 de abril de
1981.

Artículo 3

   Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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