REGLAMENTACION DEL ART. 120 LEY 19.535 RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE LOS RECURSOS HUMANOS Y CREDITOS PRESUPUESTALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION DE CENTROS MEC




Promulgación: 19/11/2018
Publicación: 27/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 120.

Artículo 4

   Transfiérense de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" a la Unidad Ejecutora 005 "Dirección de Centros MEC" del mismo Inciso, los contratos que se encuentren vigentes con personas que sin ser funcionarios públicos, prestan servicios personales en "Centros MEC" de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso indicado, los que seguirán vigentes y en ejecución hasta su finalización.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).
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