APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 120

   Créase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", la unidad ejecutora 005 "Dirección de Centros MEC", con los cometidos previstos en el artículo 504 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

   Transfiérese a la unidad ejecutora creada los recursos humanos, financieros y materiales y los créditos presupuestales asignados a la "Dirección de Centros MEC" en la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del mismo Inciso.

   El Poder Ejecutivo establecerá los créditos presupuestales, los recursos humanos y materiales a reasignarse, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 387/018 de 19/11/2018.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ver: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 357 (suprime la Unidad Ejecutora 
005 “Dirección de Centros MEC”).
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