APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ANP. EJERCICIO 2010




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 30/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1869
Referencias a toda la norma

Artículo 15

 En toda ocasión en que se produzca el fallecimiento de un funcionario de
A.N.P. se abonará una compensación por fallecimiento. El pago se efectuará
a sus herederos, y será equivalente a diez veces la Base de Prestaciones y
Contribuciones.
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