APROBACION DE REGLAMENTACION DE LA LEY 14.650, RELATIVA A MARINA MERCANTE DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 03/07/1978
Publicación: 17/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.650 de 12/05/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1-53

 ARTICULO 53º (Regulación de Fletes).- Las operaciones comprendidas en la ley que se reglamenta, devengarán fletes no superiores a los determinados por las condiciones imperantes en el orden internacional o a los fijados por Conferencias en las que participen armadores nacionales.
 El Ministerio de Transporte y Obras Públicas queda facultado para
autorizar fletes especiales cuando las condiciones así lo aconsejen.


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