APROBACION DE REGLAMENTACION DE LA LEY 14.650, RELATIVA A MARINA MERCANTE DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 03/07/1978
Publicación: 17/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.650 de 12/05/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DE LAS FRANQUICIAS Y FACILIDADES

Artículo 1-25

 ARTICULO 25º (Exoneración de otros buques).- Los buques de bandera nacional no comprendidos en las exoneraciones del artículo 23 gozarán, sin embargo, de las previstas en los incisos a), b) y c) del mismo, salvo que hayan sido arrendados a personas que no cumplan con los requisitos del artículo 12.

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