REGLAMENTACION DE LA LEY SOBRE INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. LEY DEL ABORTO




Promulgación: 22/11/2012
Publicación: 29/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1473
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.987 de 22/10/2012.
Referencias a toda la norma

VII) DE LAS INSTITUCIONES MÉDICAS

Artículo 27

 Cuando la usuaria solicite la interrupción del embarazo frente a una de
las instituciones amparadas por el inciso segundo del artículo 10 de la
Ley 18.987 la institución deberá realizar todos los procedimientos previos
al acto médico que implica la interrupción del embarazo. En este caso la
Institución deberá derivar a la usuaria a otra institución que preste el
servicio a efectos de la interrupción.-

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