Al miembro Secretario le corresponde:
a) Llevar las actas de las sesiones.
b) Preparar y cursar las comunicaciones dispuestas por la Comisión y las
establecidas en este Reglamento y los repartidos de información, que
correspondan a cada sesión.
c) Suscribir con el Presidente las comunicaciones y la correspondencia.
d) Llevar al día la asistencia de los miembros a las sesiones.