Reglamentario/a de: Ley Nº 16.624 de 10/11/1994.
DISPOSICION TRANSITORIA
A los efectos del cumplimiento del artículo 13º de la Ley, una vez constituida la Comisión, ésta elevará al Ministerio de Educación y Cultura los requerimientos de local, recursos humanos y materiales necesarios para su funcionamiento.