Reglamentario/a de: Ley Nº 16.624 de 10/11/1994.
CONTROL Y PERCEPCION DE LAS RECAUDACIONES
La Comisión ejercerá con las más amplias facultades el control del Fondo y, en especial, de las recaudaciones establecidas en los literales a) y b) del artículo 6º de la Ley.Ayuda