REGLAMENTACION DEL FONDO NACIONAL DE MUSICA




Promulgación: 12/09/1996
Publicación: 24/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 737
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.624 de 10/11/1994.

DEL TESORERO

Artículo 10

   Corresponde al Tesorero controlar todos los movimientos de Caja y,
conjuntamente con el Presidente, dispondrá las autorizaciones de gastos
realizados y efectuará los pagos pertinentes.
   Confeccionará el estado de situación y de ingresos y egresos para ser
elevado a la Comisión.
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