Las pensionistas generarán las siguientes prestaciones:
A) Por Seguro de Vida, el monto será igual al monto pensionario, al
momento de fallecer;
B) Por gastos de sepelio, el monto será igual al monto pensionario, pero
nunca será menor al sueldo base del grado 1 (uno) del Escalafón
Policial. (*)