FIJACION DEL REGIMEN DE DOCUMENTACION FISCAL ELECTRONICA




Promulgación: 08/02/2012
Publicación: 22/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 201
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
Disposiciones Generales.

Artículo 16

 Responsabilidad.- La responsabilidad respecto a la emisión, transmisión y
almacenamiento de los comprobantes fiscales electrónicos corresponderá en
todos los casos al sujeto pasivo autorizado a operar en el régimen,
independientemente de la existencia de proveedores del servicio de
facturación o conservación de los referidos comprobantes.-

La Dirección General Impositiva habilitará un registro de proveedores
autorizados a operar en la prestación de servicios de facturación o
conservación de los comprobantes fiscales electrónicos, debiendo
establecer los requisitos que dichos proveedores deberán cumplir para
inscribirse y permanecer en el mismo.-
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