REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 35, 36 Y 38 DE LA LEY 19.210, LEY DE INCLUSION FINANCIERA




Promulgación: 19/12/2017
Publicación: 10/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.210 de 29/04/2014 artículos 35, 36 Derogada/o y 38.

Artículo 3-BIS

   (Documentación de operaciones).- Los instrumentos que documenten las operaciones que se reglamentan en el presente decreto deberán contener la individualización de los medios de pago utilizados y, cuando se trate de sujetos distintos a los que realizan la operación, la identificación de los mismos, de acuerdo a lo que establezca la Dirección General Impositiva. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 132/018 de 07/05/2018 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo: 4 - BIS.
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