REGLAMENTACION DE LA LEY 19.288 REFERENTE A DEPURACION DE SOCIEDADES INACTIVAS E IDENTIFICACION DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES




Promulgación: 27/11/2014
Publicación: 04/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1010
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.288 de 26/09/2014.

CAPITULO IV - TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES Y CUOTAPARTISTAS

Artículo 22

   Reducción de capital integrado o su equivalente. Las entidades comprendidas en el artículo anterior deberán reducir el capital integrado o su equivalente, o el patrimonio según corresponda.

   En el caso de sociedades anónimas dicha reducción deberá comunicarse a la Auditoría Interna de la Nación, en la forma y condiciones que esta disponga.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23.
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