REGLAMENTACION DEL TRAMITE A SEGUIR EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS PLANTAS ELABORADORAS. FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD LECHERA




Promulgación: 19/08/2003
Publicación: 26/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 373
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.582 de 02/11/2002 artículos 7, 8 y 9.

Artículo 3

 Las plantas elaboradoras deberán hacer efectivo el depósito de las 
retenciones atrasadas efectuadas más la multa y los recargos 
correspondientes en forma indivisible, previo al levantamiento de la 
suspensión.
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