INTERVENCION DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS DEL SECTOR SEMILLERISTA




Promulgación: 10/09/1997
Publicación: 19/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 675
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.811 de 21/02/1997 artículo 28.

Artículo 2

   Declárase aplicable al Instituto Nacional de Semillas, en su carácter
de sucesor de los cometidos y atribuciones de la Unidad Ejecutora de
Semillas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, lo dispuesto en
el Art. 144 de la ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en su nueva
redacción dada por el Art. 262 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
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