REGLAMENTACION DE LA LEY 15.425 RESPECTO A DIFERENCIAS DE CAMBIO POR DEUDAS EN MONEDA EXTRANJERA




Promulgación: 14/09/1983
Publicación: 28/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 469
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.425 de 07/07/1983.

CAPITULO III - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 13

           La Dirección General Impositiva fijará plazos para que las
empresas con ejercicio en curso al 25 de noviembre de 1982 y con plazos
ya vencidos puedan reliquidar y pagar los Impuestos a las Rentas de la
Industria y Comercio y al Patrimonio, amparándose a la ley que se
reglamenta.
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