POLITICA DE EMPLEO. EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.873 Derogada/o de 03/10/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6

Las empresas que no cuenten con un año de actividad en el país y que
acrediten la voluntad de establecerse en el territorio nacional, mediante
razones fundadas, podrán ser autorizadas por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social a ampararse a los beneficios de la Ley que se reglamenta.
En consecuencia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social evaluará los
fundamentos y resolverá.
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