REGLAMENTACION DE LA LEY 15.921 (LEY DE ZONAS FRANCAS)




Promulgación: 27/09/2018
Publicación: 05/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.566 de 08/12/2017,
      Ley Nº 15.921 de 17/12/1987.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO I - DE LAS ZONAS FRANCAS, SU CONTROL Y SU ADMINISTRACIÓN

Artículo 6

   Supervisión y control. La supervisión y control de las zonas francas estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas a través del Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio.

   La Dirección General Impositiva y de la Dirección Nacional de Aduanas ejercerán los controles que les correspondan en el ámbito de sus competencias. Los organismos deberán actuar coordinadamente y deberán comunicar al Ministerio de Economía y Finanzas los incumplimientos relativos a la Ley que se reglamenta, detectados en el ejercicio de sus cometidos.
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