FUNCIONARIOS MILITARES. BENEFICIOS ESPECIALES




Promulgación: 04/09/2006
Publicación: 08/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 549
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.949 de 08/01/2006 artículo 6.

Artículo 2

 Los causahabientes con derecho al cobro de la indemnización prevista,
deberán acreditar su condición mediante presentación del o de los
certificados de resultancias de autos respectivos.
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