LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO Y LAVADO DE ACTIVOS. REGLAMENTACION SOBRE PROTECCION DEL PERSONAL DESTACADO




Promulgación: 01/07/2009
Publicación: 08/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 51.

Artículo 5

 Facúltase a la Junta Nacional de Drogas a celebrar convenios con el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la
Agencia Nacional de Viviendas, el Banco Hipotecario del Uruguay y el Banco
de la República Oriental del Uruguay, con el fin de otorgar créditos para
la adquisición inmediata de viviendas adecuadas y seguras para el personal
y su núcleo familiar destacado a tareas relativas a la lucha contra el
narcotráfico y lavado de activos, en aquellos casos en que por razones
fundadas de seguridad, esté justificada la necesidad de cambio de
domicilio.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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