Las incorporaciones o modificaciones que se propongan a partir de la
vigencia del presente decreto a las Nomenclaturas Arancelarias vigentes y
las que se implementan con base en el Sistema Armonizado, deberán contar
con la opinión previa de la Comisión creada por el decreto 24/989 de 25 de
enero de 1989 a efectos de mantener las estructuras orgánicas y técnicas
de códigos y designaciones.