El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 2
Entidades amparadas.- Se encontrarán amparadas en la exoneración las empresas administradoras de crédito registradas en el Banco Central del Uruguay, que realicen operaciones de microfinanzas productivas y cumplan las condiciones establecidas en el artículo 41 ter del Título 14 del T.O. 1996.