REGIMEN DE ASCENSOS DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 31/07/1996
Publicación: 14/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 145
Referencias a toda la norma

TITULO I
CAPITULO UNICO - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

   Para poder postularse a los concursos que se realicen a los efectos de
las promociones, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

 a) ocupar cargos de grados inferiores a la vacante a proveer;

 b) para el caso previsto en el artículo 5º de este Decreto, haber
asumido en forma expresa y previa al concurso la obligación en él
establecida;

 c) contar al 31 de diciembre del año anterior al llamado a la provisión
de la vacante, con una antigüedad efectiva no menor de un año en
el Inciso o Unidad Ejecutora, según corresponda;

 d) (*)

(*)Notas:
Literal d) derogado/s por: Decreto Nº 426/009 de 21/09/2009 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 302/996 de 31/07/1996 artículo 4.
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